viernes, 28 de enero de 2011

El Idealismo transcendental de Kant

“Cada cosa, en la naturaleza, actúa según leyes. Sólo un ser racional posee la facultad de obrar la representación de las leyes, esto es, por principios; posee una voluntad. Como para derivar las acciones de las leyes se exige razón, resulta que la voluntad no es otra cosa que razón práctica”.

[IMMANUEL KANT - Fundamentos de la Metafísica de las Costumbres]

INTRODUCCIÓN

En esta oportunidad estudiaremos sobre uno de los más grandes filósofos en toda la historia humana, el creador del idealismo cítrico transcendental, en la filosofía del Derecho no fue un gran innovador, Kant en parte fue un continuador del Derecho Natural Moderno, y en parte reafirmó, pulió, y desarrollo con rigor las principales tesis de Rousseau.

Immanuel Kant (1724-1804), tal vez el más célebre exponente de la ilustración filosófica escribe: la humanidad misma es una dignidad, porque el hombre no puede ser tratado por ningún hombre (ni por otro, ni por sí mismo) como un simple medio o instrumento, sino siempre a la vez, como un fin, y en ello estriba precisamente su dignidad. Para Kant le permita pensar en el hombre libre como fin en sí mismo, sujeto de derechos, y cuyas únicas limitaciones de su ámbito de libertad parte de su propia autonomía. La razón kantiana es ante todo una razón escindida: una razón ilustrada, equivalente a decir una razón crítica y pública, pero también -y tal vez especialmente-una razón jurídica. El concepto de civilización desempeña un importante papel en la filosofía práctica de Kant e incluso, desde la perspectiva de la Filosofía de la Historia, puede ser considerado como una de las claves de bóveda de su entero sistema filosófico.

En la obra de Kant, la Filosofía de la Historia aborda, entre otros asuntos, la cuestión del progreso de la humanidad, es decir, el desarrollo efectivo de la libertad y de los fines de la razón en la historia de la humanidad. Esta tarea pone al límite las capacidades del sistema kantiano, ya que no resulta fácil explicar de qué modo puede la libertad hacerse presente en la historia y, más aún, por qué medios podemos nosotros conocer su realidad. Los textos kantianos de referencia para abordar estos problemas son: La Crítica del Juicio, Hacia la paz perpetua y otros escritos sobre Filosofía de la Historia. La primera apreciación de importancia es que esos textos pertenecen a dos ámbitos, en principio, bien distintos de la filosofía kantiana: las obras de filosofía trascendental (fundamentalmente las tres Críticas) y las obras de «filosofía popular».

Kant, uno de los más grandes filósofos de la modernidad ilustrada, tenía la convicción de que una paz perpetua es posible, siempre y cuando el hombre se deja guiar por su razón práctica para abandonar el mecanismo de la guerra y plantearse la paz como un fin y un deber. El hombre tiene una inclinación a vivir en comunidad pero, al mismo tiempo, quiere preservar su individualidad a cualquier costo, a lo que llama Kant una insociable sociabilidad. Es este un mecanismo natural que, sin embargo, puede ser usado a favor del progreso moral de la especie como un incentivo para abandonar el estado anímico de la guerra y construir, tanto las condiciones políticas, como las herramientas jurídicas que lleven a la contención y, eventualmente, la erradicación de la guerra.

En esta breve historia se aprecia la coincidencia que existió en la coyuntura que le toco vivir a Kant respecto al ordenamiento natural, que emana o tiene su base en la naturaleza humana y en que la misión de la razón consiste en descubrir los postulados de ese derecho innato. Esto precisamente innovado por la Escuela del Derecho Racionalista que procuro de la razón ser fuente generadora del Derecho Natural y en el cuál nuestro personaje de estudio es su principal representante.

La postura fundamental de Immanuel Kant respecto de la moral, en palabras del DR. HOMERO TINOCO fue: que es algo absoluto e incondicionado; pero la experiencia no puede dar nada absoluto e inmanente; luego la moral no consiste en algo empírico o de experiencia.

El objetivo del presente trabajo procura determinar cómo un pensar filosófico concreto, enfrenta la problemática de una época histórica también concreta, la Ilustración, desde un punto de vista determinado: la ciencia, el principio de dignidad de la persona humana, la idea de derecho natural, la idea de paz perpetua, Critica de la razón pura, Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres, Historia en clave cosmopolita, Teoría y práctica, y la crítica de Kant al iusnaturalismo y su relativización; y cómo Kant pretende con ello posibilitar una toma de conciencia por parte de la sociedad a la que pertenece frente a su valor y a las limitaciones políticas de su época. En otras palabras, tratamos de recuperar la reflexión kantiana en torno a la función que en una sociedad dada cumple la ciencia con respecto a la libertad humana.

INFLUENCIA DE LA FILOSOFIA POLITICA-JUIRIDCA DE ROUSSEAU

Conviene indicar, aunque sólo de pasada, que el pensamiento de la voluntad general, clave de la filosofía política-jurídica de Rousseau, atrajo a Kant uno de sus pensamientos fundamentales en la ética, a saber, su receta del imperativo categórico: obra de tal manera que la máxima de tus actos pueda valer como ley universal para todo ser de razón . Así como la idea de la voluntad general de Rousseau es el razonamiento formalista de justicia, el modelo racional en la que se debe inspirar la sociedad política, así la idea kantiana de la voluntad pura en moral vale precisamente porque es incondicionada, universal, y, por tanto, necesaria .

Asimismo es muy visible la influencia de Rousseau en la definición que Kant da del Derecho, la cual, más que una expresión del concepto de lo jurídico, es el señalamiento de lo que se entiende como su ideal: el conjunto de las condiciones por virtud de las cuales el arbitrio de cada cual puede consolidar con el arbitrio de los demás, según la ley universal de libertad .

Básicamente, Kant representa la teoría del Contrato Social de Rousseau, dando a ésta un enunciado filosófico todavía más riguroso, como la idea normativa de la razón. Mientras que el pensamiento de Rousseau, desde luego muy rigurosos y relacionado con perfección, aparece sin embargo en ocasiones relativamente disimulado por la brillantez de sus formas literarias, ese mismo pensamiento es ofrecido de modo frágil, en su puro impulso esencial en las paginas de Kant .

La idea de la voluntad general de Rousseau adquiere todavía mayor nitidez y mayor relieve en el pensamiento de Kant. Tal idea se presenta como voluntad pura, y además de su aplicación principal a la filosofía moral, es también empleada en la doctrina política. En ésta, la voluntad pura o voluntad general, es la voluntad regida exclusivamente por la razón, por la idea de universalidad, a diferencia de la voluntad determinada por el deseo singular. Los sujetos del pacto social o contrato originario no son los individuos empíricos, considerados en cuanto a su yo fenómeno, no son los individuos reales concretos, sino que son los individuos como entes de razón pura. Es decir el contratante no es el hombre real, el homo phaenomenon con sus apetitos particulares, sino que es el homo noumenon, quien no pone en las clausulas del contrato sus deseos contingentes, antes bien, aquello que es consecuencia de su esencialidad racionalidad . Y, así, es claro que no se acepta la posibilidad de que nadie quite al pacto social o contrato originario: el ingreso en él es correctivo.

EL PRINCIPIO DE DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA

El significado del concepto de persona tiene una historia filosófica, jurídica y teológica. Desde Kant, el término persona interesa, además, para otorgar, en todos los niveles de la cultura general, que todo ser humano es un fin en sí mismo, es decir, una realidad por derecho propio y con una dignidad específica, con independencia de su clase, ideología, religión, raza o nación, y del grado de impedimentos con que se encuentre desde el comienzo de su existencia . Junto a Rousseau y Leibniz, se responsabiliza a Kant de que los planes de enseñanza y formación europeos de esos siglos hayan asumido la advertencia de dejar desplegarse libremente las disposiciones y fuerzas durmientes en el ser humano, considerar a éste no como un medio sino como un fin en sí mismo y creer en su espontaneidad .
[L]a ilustración filosófica escribe: «la humanidad misma es una dignidad, porque el hombre no puede ser tratado por ningún hombre (ni por otro, ni por sí mismo) como un simple medio o instrumento, sino siempre a la vez, como un fin, y en ello estriba precisamente su dignidad .

Es atractivo señalar que este derecho cosmopolita pretende, sobre todo, condiciones de justicia que respondan a la concepción de persona humana que tiene Kant, en tanto poseedora de dignidad y de autonomía y, por ende, que pusiera el acento en la necesidad de garantizar el respeto a los derechos fundamentales pertenecientes a todo ser racional. El ideal cosmopolita de Kant no consiste, por supuesto, en suprimir las barreras territoriales y hacer del mundo una sola comunidad, sino construir un concepto global de justicia. Si el comercio y la cultura se extienden por todos los rincones del plantea, es deseable que también para estos principios básicos no hubiese barreras .

El imperativo categórico y el reconocimiento de la dignidad humana de todos los seres humanos en todos los espacios humanos pueden considerarse las dos caras de una misma moneda. El imperativo categórico señala la dignidad de la persona como patrón última de la acción humana. Esta es la dignidad básica de todos los dones naturales de que es portador el ser humano, y de todas las instituciones normativas mediatizadas socioculturalmente . A partir de esto pudo formular Kant, en su conocida segunda formulación del imperativo categórico, el principio fundamental de toda relación moral-personal del ser humano consigo mismo y con sus semejantes:
[O]bra de tal modo que utilices lo humano, tanto en tu persona como en la persona de cualquier otro, siempre al mismo tiempo como fin, y nunca meramente como medio.
Dentro de la falta de métodos específicos sobre la dignidad de la persona, a los que acabamos de manifestar, y de la inseguridad con que esa expresión suele usarse, pueden detectarse tal dignidad como de una corriente, de origen kantiano, entiende la dignidad del hombre como algo absoluto e inmanente. La dignidad vendría determinada fundamentalmente por la autonomía moral de la conciencia –de la que nacería el deber de modo inmanente, sin vinculación a una instancia divina-, lo que supondría el carácter absoluto de la razón y con ella la del individuo humano . Se configura así una libertad desvinculada y con ella el dominio independiente de la persona sobre sí. La dignidad significaría la absoluta e inmanente eminencia del ser humano, con la consiguiente libertad y dominio de sí absolutos, de lo cual derivan los derechos y las libertades –también absolutos- inherentes a tal dignidad.

Sin embargo, su equivocación parte de su extremo carácter absoluto, autónomo y libertad inmanentes. Equivocado por que el hombre es un ser creado, y por lo tanto, la Dignidad no es inmanente, sino trascendente –por participación del SER subsistente-.

LA IDEA DE DERECHO NATURAL

Esta representación hace evidente el principio de la dignidad de la persona, así como de la deducción de libertad. El hombre no debe ser considerado o tratado como cosa, como instrumento o medio, sino como un fin en si mismo . Por eso debe respetado en su libertad, la cual constituye un derecho natural innato.
Es más, todos los derechos naturales se compendian, según Kant, en ese derecho de libertad. Es precisamente la libertad lo que coloca al hombre sobre el mundo de los fenómenos. Si el hombre fuera solo un fenómeno, estaría sometido al determinismo, como todo lo que pertenece a la naturaleza .

Kant es consciente de la naturaleza humana: el hombre es un ser social y antisocial. Al mismo tiempo que siente hacia sus semejantes una propensión a relacionarse, tiene una inclinación a aislarse y replegarse sobre sí. Es decir, se resiste al simple hecho de solidarizarse con los demás. Desecha a toda costa a ser tratado como un animal gregario, maximizando consecuentemente sus potencialidades individualistas .

El Derecho Natural, según Kant, es un sector de la normatividad ética, aquel sector, como ya se ha dicho, relativo a la exterioridad de la conducta. Esta idea de normatividad implica una diferencia tajante frente al mundo de la naturaleza . El supuesto que el Derecho Natural pudiese significar un derecho de la naturaleza, fue rechazado definitivamente por Kant.

Kant no decide de un modo muy claro si el derecho natural debe de ser entendido tan solo como un fundamento o como una guía para el derecho positivo y para la teoría de éste, o si debe ser al mismo tiempo un sistema completo con normas llenas de contenido, al lado de las leyes positivas. Por una parte, parece, atendiéndonos a lo que puede considerarse como nervio principal del pensamiento jurídico-político kantiano, que el Derecho Natural, o mejor dicho racional, es un criterio formalista. Así, nos induce creerlo su definición ideal de derecho, su doctrina sobre el contrato originario, y su idea de la voluntad general .

No obstante, por otra parte, Kant construyó un estudio de edificación de una serie de principios jurídicos de contenido como doctrina que provee los fundamentos y la orientación a toda legislación positiva.

Ahora bien, a pesar de que los principios metafísicos del Derecho, de Kant produce en alguna la impresión de construir un nuevo tratado de Derecho Natural, en cierto modo con aproximaciones a los de la Escuela Clásica, sin embargo, en la suposición de esos principios se emplea como instrumento el criterio formalista expresado tanto en el imperativo categórico , como es su definición del Derecho. En suma, se trata siempre de proponer el fin de la humanidad en el hombre.

Recuérdese que la Escuela Clásica del Derecho Natural había afirmado, certeramente, que la base del derecho ésta en el hombre; algunas veces, al menos en apariencia, había atribuido un sentido histórico a lo que era solo un principio racional; había presentado como supuesto hecho real lo que era únicamente un proceso ideológico . De este modo la Escuela Clásica del Derecho Natural había generado casi una ciencia, una especie de cuadro aparente sobre la condicional situación prehistórica del hombre.

LA ILUSTRACIÓN
Con el término Ilustración Kant nombra su época:

[L]a Ilustración consiste en el hecho por el cual el hombre sale de la minoría de edad. El mismo es culpable de ella. La minoría de edad estriba en la incapacidad de servirse del propio entendimiento, sin la dirección de otro. Uno mismo es culpable de esta minoría de edad, cuando la causa de ella no yace en un defecto del entendimiento, sino en la falta de decisión y ánimo para servirse con independencia de él, sin la conducción de otro .

Su informe no se delimita, sin embargo, a consignar un hecho. Por el contrario, Kant trata de ganar una comprensión suficiente para un fenómeno que, por otra parte, encuentra como ya vigente, como el asunto capital de su época histórica: La Ilustración consiste en el hecho por el cual el hombre sale de la minoría de edad .
Kant hace referencia a la Ilustración. Esta, a su vez, designa una época histórica. Aquella época en la cual él vive. La Ilustración se presenta, entonces, como el signo de la época y la caracteriza. El hombre de la época de Kant es el hombre ilustrado. Ilustrarse es la tarea de la época. El ilustrarse depende, aclara Kant, del entendimiento .

Él se apunta en esta tarea e intenta realizar la realización de la Ilustración de la razón. Esta pretensión se cumple en la Crítica. La Crítica de la razón realizada por Kant pretende poner de relieve los elementos de la razón pura, haciendo resaltar, esto es, delimitando, las distintas posibilidades del uso de la razón y de las reglas correspondientes . De aquí que la palabra Crítica aparezca como título en sus obras principales.

LA IDEA DE PAZ PERPETUA

El porqué el contenido del pacifismo resulta un común relevante en la actualidad: la guerra, los conflictos, las muertes y el horror que se generan a partir de ésta han sido objeto de preocupación por parte de la filosofía política de todos los tiempos, sin embargo el argumento continua siendo vigente porque la paz entre las personas y las naciones no se ha conseguido todavía a pesar de los esfuerzos teóricos y prácticos planteados por la razonabilidad del ser humano . La exposición de las propuestas de puede ayudar a comprender y plantear una construcción teórica para una paz estable.

Fiel al espíritu de la Ilustración, Kant llevó a cabo un esfuerzo importante por demostrar que el uso de la razón (práctica) es la única vía correcta para lograr la convivencia pacífica, tanto entre los individuos, como entre los pueblos y naciones . El resultado más destacado de dicho esfuerzo se encuentra en las líneas del breve ensayo Hacia la paz perpetua.

La pregunta obligada ahora es: ¿cómo se consigue poner fin al estado de guerra entre las naciones?, o bien: ¿es posible la paz?, ¿cuáles son las condiciones que habría de satisfacer una paz perpetua?, modos de interrogar que expresan con mayor fidelidad el estilo crítico de la filosofía kantiana. Sin duda es esta la inquietud que sacudió a Kant a escribir su estudio Hacia la paz perpetua; no deja de ser sorprendente que lo haya hecho diez años después de haber planteado el problema en la Idea.

Sin lugar a dudas, uno de los aspectos más álgidos del proyecto de paz perpetua es puntualizado por ORTIZ RIVAS en los siguientes términos: Por coherencia lógica (Kant) tiene que admitir que dado que los estados son entidades individuales que poseen los atributos morales de las personas, la manera de eliminar la guerra debe ser la misma para unos y otros: crear por consenso el orden jurídico y auto-imponerse un poder supremo legislativo, ejecutivo y judicial” .

En su ensayo Hacia la Paz Perpetua, Kant menciona tres condiciones básicas mediante las cuales el ideario de la paz puede concretarse con sentido de permanencia entre las distintas naciones: inicia con la constitución civil en cada estado debe ser republicana: una organización política basada en la representación y la separación de poderes; seguido de el derecho de gentes debe fundamentarse en una federación de estados libres: garantizando la libertad de aquellos que deciden unirse al nuestro, componiendo una federación que evita a toda costa la guerra; y finalmente el derecho cosmopolita debe limitarse a las condiciones de hospitalidad universal, conlleva la idea del derecho de visita al extranjero en calidad de ser considerado ciudadano universal .

Tratemos de sintetizar hasta aquí el razonamiento kantiano a favor de la paz perpetua: ésta sólo se consigue si, primero, se da un pacto entre Estados republicanos que deciden abandonar el estado de libertad salvaje imperante para formar una comunidad pacífica en la cual ninguno de los entes políticos pierde su soberanía porque ellos mismos, así reunidos, son la autoridad máxima que los regula y controla .

Se trata, por ende, de una decisión racional vinculada con la concepción de un derecho de gentes que no debe consistir en un derecho de guerra, pues es este recurso, justamente, el que se intenta dejar atrás. Cualquier derecho de gentes que incluya un derecho de guerra (ius ad bellum) conduce, eventualmente, a la paz de los sepulcros, no a la paz en la que puedan convivir todos los pueblos y naciones .

FUNDAMENTACIÓN DE LA METAFÍSICA DE LAS COSTUMBRES

La metafísica parece, pues para algunos, imposible. Ello no quiere que las propuestas metafísicas no tengan sentido; quiere decir únicamente que no pueden ser probadas teóricamente. Ahora bien, hay una esfera en la cual la metafísica se inserta de nuevo, bien que bajo la forma no teórica: es la esfera práctica o esfera de la moralidad.

De este modo se cumple el propósito de Kant de eliminar a la razón para abrir paso a la fe (la creencia). La razón práctica es, en efecto, la razón en su uso moral. No es una razón distinta de la teórica; es un uso distinto de la razón. A base de este examen de usos Kant procede a desarrollar su ética en la Fundamentación Metafísica de las costumbres .

La filosofía de la razón práctica es para Kant la filosofía de la vida moral humana. Toda ella la vincula a la razón práctica como integrante del orden la moralidad. El uso práctico de la razón es otra dimensión de la razón humana, que en su uso teórico se ocupaba del conocimiento especulativo de los objetos. Tal obra de la voluntad libre en los seres racionales es el obrar moral. La razón práctica es, para Kant, la razón como principio de vida moral . No interesa a su filosofía como tal toda la operatividad de los restantes campos de la técnica, fabriles, etc.
Kant comienza La fundamentación de la metafísica de las costumbres afirmando que lo único que puede ser considerado bueno en sí mismo es la buena voluntad:
“Ni en el mundo, ni, en general, tampoco fuera del mundo, es posible pensar nada que pueda considerarse como bueno sin restricción, a no ser tan sólo una buena voluntad” (Kant, 1999: p.172).

Una voluntad que es mencionada como buena en sí misma, prescindiendo de sus fines propuestos e incluso haciendo abstracción de lo que efectué. Ahora bien, al mismo tiempo que sostiene que lo único bueno es la buena voluntad, percibe a la naturaleza humana no sólo desde la determinación racional, sino también desde lo sensible. Desde esta óptica, el hombre es ciudadano de dos mundos: un mundo inteligible determinado exclusivamente por la lógica racional, y un mundo sensible, determinado por las inclinaciones .

Bajo la doctrina de su razón práctica envuelve, pues, Kant, no sólo la temática de la moral en sentido estricto, sino también los problemas de la filosofía del derecho y del Estado. La exposición debe tomar como base su Critica de la Razón Práctica, incluyendo la obra anterior, Fundamentación de la metafísica de las costumbres, que esclarece más los fundamentos de lo moral, así como la Metafísica de las costumbres, dedicada a la ética especial de las virtudes y del derecho. Kant quiere dar a entender que la doctrina es parte de su metafísica, de la filosofía trascendental.

Adentro de su teoría moral se encuentra un conocimiento clave sobre la autonomía, entendida como la capacidad que tiene la voluntad de legislarse a sí misma, es decir, de elegir soberanamente máximas con independencia de los deseos surgidos de la naturaleza propia de cada uno como ser sensual . Ahora bien, dado que un imperativo categórico exige que nuestra selección de máximas se haga sobre la base de su conformidad con la ley universal, lo cual da por supuesto que somos capaces de olvidarnos de nuestras inclinaciones y del pensamiento de nuestra propia felicidad al elegir un curso de acción, Kant sostuvo que la moralidad presupone la autonomía. Pero, al pensar asimismo que la autonomía así concebida presuponía a su vez la libertad, tomada ésta en el sentido de independencia de determinación causal por cosa alguna en el mundo fenoménico, llegó a la conclusión de que la posibilidad de la moralidad descansa en último término en la suposición de tal libertad .

Así pues, el proyecto kantiano de justificar la moralidad pasa a centrase decisivamente en la posibilidad de establecer nuestra libertad Nouménica. Más esto plantea un problema, dado que Kant negaba que pudiéramos tener conocimiento teórico alguno de los nouménos; pero él pensó que una vía de escape venia suministrada por el hecho de que la solución de la antinomia establecía al menos la posibilidad de concebir la libertad Nouménica.

A este resultado apeló Kant en al Fundamentación Metafísica de las costumbres, argumentando efectivamente que tenemos que suponer la realidad de la libertad desde un punto de vista práctico si hemos de considerarnos a nosotros mismos como agentes racionales capaces de elección razonada; y de ello infería la validez del imperativo categórico o ley moral como la ley de la libertad .

Si la voluntad es libre y autónoma en el grado que acabamos de ver, no estará obligada a poner ningún acto concreto; no serán buenos los actos, sino voluntad únicamente. Dice Kant en este sentido: la voluntad buena no lo es en virtud de lo que hace o ejecuta, no por la idoneidad para la consecución de algún fin propuesto, sino por el querer, que en si bueno. Y: nada se puede pensar, universalmente hablando, en el mundo ni aun fuera de él, que sin limitación puede ser tenido por bueno exceptuando únicamente una buena voluntad (Fundamentación Metafísica de las costumbres) .

HISTORIA EN CLAVE COSMOPOLITA

Francamente del tipo de noción que uno pueda formarse con miras metafísicas acerca de la libertad de la voluntad, las expresiones fenoménicas de ésta, las acciones humanas, se hallan determinadas conforme a leyes universales de la Naturaleza, al igual que cualquier otro acontecimiento natural.

La Historia, que se ocupa de la narración de tales fenómenos, nos hace abrigar la esperanza de que, por muy profundamente ocultas que se hallen sus causas, acaso pueda descubrir al contemplar el juego de la libertad humana en bloque un curso regular de la misma, de tal modo que cuanto se presenta como enmarañado e irregular ante los ojos de los sujetos individuales pudiera ser interpretado al nivel de la especie como una evolución progresiva y continua, aunque lenta, de sus disposiciones originales .

De esto se pronuncia Kant sobre la conocida transformación educativa de ese entonces y le atribuye un signo cosmopolita, revolucionario y continental. A todo ser normal, a todo ciudadano particular le interesa conocer un centro de enseñanza en el que se fomente un nuevo orden de cosas, uno de aquellos filántropos, tuvo por fuerza que estimular la atención de los europeos . Entre los europeos civilizados tenía que ponerse en marcha una atropellada revolución de la transformación escolar pendiente.

Según la recopilación de la pedagogía de Kant efectuada por WELLMER, cabe señalar, en forma simplificada, varios niveles de exposición. La propia lectura suscita el problema de cuáles de estas lecciones cabe atribuir al período precrítico y cuáles al período crítico. En ellas, en cualquier caso, aparecen modélicamente reflejadas, tanto las ideas pedagógicas básicas del Kant filósofo en relación con su proyecto, como sus conversaciones con intelectuales de la época .

Efecto interesante confrontar las afirmaciones educativas de las lecciones sobre pedagogía con las explicaciones adicionales que acerca del tema aparecen en escritos contemporáneos o posteriores de Kant. Con tal fin son relevantes, sobre todo, las correspondientes publicaciones sobre ética y sobre estética, y los trabajos históricos, antropológicos y teológicos de mayor o menor importancia. Entre ellos cabe señalar, además de algunos fragmentos de sus obras clásicas - las tres Críticas-, los siguientes: Ideas para una historia universal en sentido cosmopolita.

El pensamiento de educación constituye la carga para las acciones de la educación. Hace posible la crítica educativa, escolar y de la enseñanza. Incluso cuando aún no se ha realizado en forma particular o aproximativa, la idea de una educación que desarrolla todas las disposiciones naturales de los seres humanos parece legítima. En la consumación de la educación buena y verdadera está el gran secreto de la verdadera perfección de la naturaleza humana .

La moralización consiste, por tanto, en aquellos procedimientos educativos que aspiran a desarrollar el carácter moral de niños y jóvenes. Este está inseparablemente vinculado a la dignidad de todo ser humano y ha de ser interpretado, por consiguiente, en sentido anticolonialista, antiimperialista y antielitista o, más bien, en sentido cosmopolita. Hay que educar a los niños a que cumplan a) los deberes para consigo mismos, y b) los deberes para con los demás, es decir: a) Pero el deber para con uno mismo consiste (...) en que el hombre preserve la dignidad de lo humano en su propia persona. En todas las acciones, el niño a educar tiene en cuenta que el ser humano posee, en lo más íntimo, una cierta dignidad que lo destaca de todas las criaturas. Su "deber es no renunciar a esta dignidad de la humanidad en su propia persona. b) Los deberes para con los demás significan: Ha de enseñarse ya muy pronto al niño el respeto y consideración del derecho de los demás. Kant insta, por ejemplo, a un niño rico a dispensar a los pobres el mismo respeto al derecho humano que a sí mismo .

Kant ha formulado además, en sus enseñanzas sobre pedagogía, numerosas ideas prácticas expuestas en lenguaje cotidiano. Estas invaden un lugar intermedio entre los extremos entonces vigentes, por ejemplo entre el juego y el trabajo, o entre la libertad y la compulsión, etc.

Resulta importante a este respecto, por último, la referencia a la dimensión de la educación en lo referente al deber, el carácter y la conciencia. El deber, el obrar en conciencia y la estabilidad del carácter no se oponen a la alegría del corazón, que nace de tal modo que nada tiene que reprocharse .

Necesariamente, la afirmación del deber de Kant responde a una orientación profundamente cosmopolita. Cabe comprender y degustar los asertos siguientes en el sentido de la tendencia a la realización de la paz universal: Una acción debe valer para mí no porque coincida con mi inclinación, sino porque mediante ella cumplo con mi deber: por filantropía y, por lo tanto, por convicciones cosmopolitas. En nuestra alma hay algo por lo cual nos interesamos 1) en nosotros mismos, 2) por las personas con las que hemos crecido y, por consiguiente, debe existir un interés por el bien universal. Debe familiarizarse a los niños en estos intereses, para que puedan entusiasmar su alma con ellos. Deben complacerse en el bien universal, incluso cuando no supone una ventaja para su patria o una ganancia para ellos .

TEORÍA Y PRÁCTICA

Kant admite lo que llama la conciencia en general. Por ella nosotros somos conscientes de dos niveles distintos que se dan en nuestra persona: el nivel del conocimiento y el de la acción. El nivel del conocimiento es competencia de la Razón teórica, de la razón estudiada en la Crítica de la razón pura; pero el nivel de la acción corre a cargo de la razón práctica, y a la que podemos identificar con la voluntad. Ahora bien, en el amplio campo de la acción humana en general hay que distinguir otros niveles diversos: el nivel físico, en el cual se engloban aquellas acciones humanas que se rigen por las leyes físicas .

En cuantos libres, las acciones morales escapan al determinismo del mundo físico y al alcance de las categorías, especialmente la de la causalidad. Mas dado que la razón teórica solo puede funcionar a través de las categorías, fácilmente se concluye que las acciones morales caigan fuera del alcance de la razón teórica y de la Crítica de la Razón pura. Kant así lo creyó y dedicó la Crítica de la razón práctica al estudio de las acciones morales. En segundo lugar, en cuanto relacionadas con el deber, las acciones morales caen fuera también de la esfera de la razón teórica, dado que ésta se refiere sólo al ser, tal como se presenta ante el conocimiento .

Siguiendo la perspectiva del deber ser, SARTRE se preguntará en 1940: ¿Qué somos, pues, nosotros si tenemos la obligación constante de hacernos ser lo que somos? Bien; las acciones morales caen fuera de la razón teórica y fuera del alcance de la Crítica de la razón pura. Con ello hemos tocado el problema más difícil de resolver de toda la filosofía kantiana. La formulación escueta del problema puede ser ésta: si las acciones morales caen fuera de la razón teórica, ¿Cómo poder conocerlas si, como quiere Kant, la razón teórica es el único medio humano de conocerlo? Y que, según. Kant, las acciones morales sean cognoscible se deduce de la existencia material de la Critica de la razón práctica; en esta obra su autor nos da a conocer su compleja teoría acerca de las acciones morales, tal como éstas son conocidas por él .

Una solución posible del problema podría consistir en afirmar que las acciones morales, el hecho de la moralidad en general, no son conocidas por la razón teoría, sino por otra facultad, que podría ser, por ejemplo, la conciencia en general admitida por Kant y aludida en las primaras líneas de este apartado. Pero esta solución no es posible dentro de la mentalidad kantiana, según la cual sólo la razón teórica puede conocer. Pese a todo, Kant utiliza la razón teórica para conocer las acciones morales, estableciendo una continuidad de métodos gnoseológicos entre ambas criticas, especialmente en lo que se refiere a los juicios sintéticos a priori .

No obstante, oportunamente recuerda Del Vecchio que en la valoración del derecho de libertad, Kant experimentó la influencia de Rousseau, como se deduce no sólo de la misma substancia de su filosofía, sino además de una confesión suya explicita, pues escribió: hubo un tiempo en el que creí que el valor máximo consistía en la inteligencia y que el fin supremo de la vida era el conocimiento. Rousseau me ha hecho rectificar y me ha persuadido de que hay algo superior: la libertad y la moralidad . De aquí, la doctrina kantiana del primado de la razón práctica sobre la teórica, de la primacía de la ética sobre el conocimiento.

Otra de las instancias cualitativamente diferentes entre la moral y el derecho es el hecho de que en el plano jurídico no pueden evaluarse las intenciones de los agentes, sino que sólo las acciones externas que implican relaciones con los otros son evaluables, y en este caso hablamos de legalidad.

Con respecto a la libertad, las leyes jurídicas también se refieren a la libertad en su uso externo. Se trata de relaciones externas, de acciones de individuos que interactúan entre sí. Tal óptica aparece también en Teoría y Práctica: El derecho es el conjunto de condiciones sobre las cuales el arbitrio de uno puede ser unido al arbitrio de otro según una ley universal de libertad .

Ahora bien, dicha libertad es pensada negativamente en tanto el arbitrio mío encuentra su límite en el arbitrio del otro. De ahí que la fórmula rece: mi libertad termina donde comienza la tuya. Libertad que es pensada, aunque no exclusivamente, en términos de sujetos propietarios, que sólo pueden asegurar sus pertenencias a través de un sistema jurídico coercitivo . Por tal razón, Kant enfatiza que coerción y libertad son dos aspectos de una misma realidad e incluso una exigencia de la misma razón.

LA CRÍTICA DE KANT AL IUSNATURALISMO Y SU RELATIVIZACIÓN

Los juristas racionalistas intentaron formular detallados sistemas de derecho natural, cuyas normas básicas, de las cuales se desprendían lógicamente las restantes, constituían supuestos axiomas autoevidentes para la razón humana, comparables a los axiomas de los sistemas matemáticos . Los presupuestos y métodos del racionalismo influyeron en la configuración de la llamada dogmatica jurídica , que es la modalidad de la ciencia del derecho que prevalece en los países de tradición continental europea.

Para esta tesis, en especial, lo que respecta al hombre moderno, en lo que le toca a la abstracción sobre los problemas jurídicos, trata de elaborar un esquema de Derecho fundado única y exclusivamente en la reflexión racional pura, dando la espalda a la historia. Es la Escuela Clásica, la que de una parte representa el pathos racionalista, que rechaza lo histórico y quiere sustituirlo por los esquemas puros de la razón. Sin embargo, por otra parte, consideran que el mundo natural está hundido de racionalidad; y, al buscar el fundamento del ideal jurídico en la naturaleza humana, van a concebirla no como una esencia normativa, sino como un ser, como un hecho, como el hecho de lo humano puro, no en referencia a la historia .

Es en la Metafísica de las costumbres que se explicitan ampliamente y con profundidad, las relaciones entre el derecho natural y el derecho positivo. Al respecto, coincidimos totalmente con CLEMENTE FERNÁNDEZ en el hecho de que articular ambas facetas del derecho no deja de presentar graves dificultades, hecho por el cual se ha podido interpretar la postura de Kant como iusnaturalista y como apologista del derecho positivo. Para este apartado se ve el modelo iusnaturalista en su variante contractualista, a tal propósito transcribiremos literalmente las razones aducidas por CLEMENTE FERNÁNDEZ que señalan un Kant distanciado del iusnaturalismo .

El sentido de tal transcripción obedece a la nitidez de las argumentaciones de la autora, que hablan por sí mismas.

a) “Si por derecho natural entendemos un conjunto de principios que puede extraerse del conocimiento de la naturaleza humana, Kant no es iusnaturalista porque la naturaleza humana no puede conocerse sino empíricamente y un conocimiento empírico carece de normatividad teórica y práctica.”

b) “... tampoco puede tenerse a nuestro autor por iusnaturalista si adscribimos al iusnaturalismo la afirmación de que sólo el derecho que satisface determinados principios de justicia puede considerarse derecho, quedando imposibilitado para recibir tal denominación cualquier sistema normativo que no los satisfaga, aunque haya sido reconocido como tal por los órganos competentes.” (Ibídem)

c) “Tampoco Kant opone a las relaciones jurídicas engendradas por la vida social un derecho individual de carácter ontológico. La distinción entre derecho natural y positivo conduce más bien a la diferenciación entre un derecho pre estatal, que muy bien puede ser social, y un derecho estatal.

Por lo visto para Kant, el iusnaturalismo consiste en la razón pura práctica aplicada al rector de la convivencia externa entre los hombres, por lo tanto consiste en una idea normativa de la razón .

CONCLUSION

Amanera de cierre, creemos importante enfatizar la actualidad que reviste en este punto el pensamiento de Kant en nuestros días. Sólo es necesario pensar en la creación de las Naciones Unidas para visualizar algunos de los supuestos kantianos, conjuntamente con la intensificación del derecho internacional, la creación de órganos internacionales con ciertos fueros jurisdiccionales, la positivización de un conjunto de derechos humanos consensuados por la comunidad internacional como de valor universal, y el reconocimiento de las personas individuales como sujetos del derecho internacional, todos ellos ejemplos más que ilustrativos de nuestro punto de partida.

Además, cabe destacar que la relación entre la moral y el derecho tal como éstos fueron teorizados por Kant, ha sido uno de los dispositivos más eficaces de la lógica burguesa en tanto se instrumenta una moral pública coincidente con un derecho externo, escindido de una moral subjetiva o particular refugiada en la interioridad de las propiedades privadas.

La imagen que ha tenido de la filosofía de Kant ha variado con las épocas y ha dependido de buena parte del acento puesto sobre un determinado aspecto de ella. Los idealistas pos kantianos prestaron menos atención a la teoría de Kant, vista y estudiada en este trabajo, del conocimiento que a las posibilidades de un metafísica; por eso han sido considerados a veces tales sistemas como una prolongación de las ultimas meditaciones de Kant.

Desde mediados del siglo XIX, en cambio hubo la creciente tendencia de considerar a Kant primordialmente como un crítico del conocimiento; el neokantismo en sus diversas ramas destacó la labor gnoseológica de Kant examinándola desde todos los puntos de vista y prolongándola en todas las direcciones.

BIBLIOGRAFÍA

1. ALBRECHT WELLMER, A. Ética y diálogo: elementos del juicio moral en Kant y en la ética del discurso. 1º Edición. Barcelona: Editorial Anthropos. 1994.
2. CLEMENTE FERNÁNDEZ, S. I. Los Filósofos Medievales: selección de textos –Descartes a Kant-. Tomo I (último). 3º Edición. Madrid: Editorial Católica S.A. - Biblioteca de Autores Cristianos. 1979.
3. ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA. Tomo XVI. Buenos Aires: Editorial DRISKILL S.A. 1978.
4. FERRATER MORA, José. Diccionario de Filosofía. Tomo I (A-D). 2º Edición. Barcelona: Editorial ARIEL filosofía. 2009.
5. FREDERICK COPLESTON, S. I. Historia de la Filosofía: de Wolff a Kant. Volumen VI. 3º Edición. Barcelona: Editorial Ariel S.A. 1996.
6. GARCIA MARCOS, M. Historia de la Filosofía. 3º Edición. México: Addison Werbes Longamn.
7. GOLDMANN, Lucien. Introducción a la filosofía de Kant. Buenos Aires: Amorrortu Editores. 1945.
8. GONZALEZ ÁLVAREZ, Ángel. Manual de Historia de la Filosofía. 3º Edición. Madrid: Editorial Gredos S.A. 1971.
9. HANNAH ARENDT, R. Conferencias sobre la filosofía política de Kant. Buenos Aires: Ediciones Paidós Ibérica S.A. 2003.
10. HERVADA, Javier. Lecciones Propedéuticas de Filosofía. 3º Edición. Pamplona: Editorial EUNSA. 2000.
11. HIDALGO TUÑON, Alberto; IGLESIAS FUEYO, Carlos y SANCHEZ ORTIZ DE URBINA, Ricardo. Historia de la Filosofía. Madrid: Ediciones Anaya S.A. 1978.
12. KANT, Immanuel. Fundamentación Metafísica de las Costumbres. 1º Edición. Barcelona: Editorial Ariel S.A. 1999.
13. KÓRNER, S. Kant. 2º Edición. Madrid: Alianza Editorial S.A. 1955.
14. MARTÍNEZ ACUÑA, M. E. Teoría y práctica política en Kant. CAF Serie Universitaria Nº 95. Pamplona: Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra. 2000
15. ORTIZ RIVAS, Hernán. Breve reflexión sobre la Paz Perpetua de Kant en su bicentenario. En: AA.VV, Kant y la Paz Perpetua: homenaje en el bicentenario de la muerte de Kant. Bogotá: Gustavo Ibáñez. 2004.
16. RAWLS, John. Teoría de la Justicia. México: Fondo de Cultura Económica. 1997.
17. TEOFILO URDANOZ, O. P. Historia de la Filosofía, siglo XIX: Kant, idealismo y espiritualismo. Tomo IV. 3º Edición. Madrid: Biblioteca de autores cristianos. 2001.
18. TINOCO MATAMOROS, Homero. Filosofía del Derecho. Loja: UTPL – Ciencias Jurídicas. 2010.

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